MATRIMONIOS
NOTARÍA 23 medellín
Encuentra aquí los requisitos
MATRIMONIOS
Es la institución social que establece un vínculo conyugal entre personas naturales, reconocido y consolidado por medio de prácticas comunitarias y normas legales, consuetudinarias, religiosas o morales.
Requisitos para el matrimonio en la notaría 23 de Medellín:
PERSONAS SOLTERAS
- Solicitud de Matrimonio.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía.
- Copia auténtica del Registro Civil de Nacimiento expedida para MATRIMONIO. No mayor a un mes
PERSONAS SOLTERAS CON HIJOS EN COMÚN
- Solicitud de Matrimonio.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía
- Copia auténtica del Registro Civil de Nacimiento, no mayor a un mes expedida para MATRIMONIO.
- Copia autentica del Registro civil de Nacimiento de los hijos en común para legitimarlos
PERSONAS DIVORCIADAS O VIUDAS
- Solicitud de Matrimonio.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía.
- Copia auténtica del Registro Civil de Nacimiento expedida para MATRIMONIO. No mayor a un mes, con la Nota marginal de divorcio.
- Copia del libro de Varios.
- Registro Civil de defunción del cónyuge fallecido.
MATRIMONIO CIVIL CON EXTRANJERO
- Solicitud de Matrimonio.
- Copia del pasaporte o de la cédula de extranjería (Vigente).
- Registro civil de nacimiento para matrimonio, apostillado, no mayor a 3 meses. Si es en otro idioma debe estar traducido por un traductor oficial.
- Certificado de soltería.
PERSONAS SOLTERAS CON HIJOS DE OTROS PADRES
- Solicitud de Matrimonio.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía.
- Copia auténtica del Registro Civil de Nacimiento expedida para MATRIMONIO. No mayor a un mes.
- Inventario Solemne de los Bienes del menor
NOTAS
- Si los contrayentes son menores de edad deben presentar el permiso escrito de sus padres o de un Curador especial o general, a falta de estos.
- Para las segundas nupcias no es requisito haber liquidado la sociedad conyugal anterior, pero es recomendable haberlo hecho.
- Poder especial otorgado personalmente ante el Cónsul de Colombia cuando, no pueda asistir.
- Cuando el extranjero no hable español, en el matrimonio deberá intervenir un traductor oficial, quien también suscribirá la Escritura Pública de Matrimonio.
